El Tribunal de Estrasburgo o Corte Europea de los Derechos Humanos ha declarado, con 15 votos a favor y 2 en contra, que la presencia de los crucifijos en las aulas no constituye "una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" y de "la libertad de religión de los alumnos" ya que "no subsisten elementos que puedan probar que el crucifijo influye eventualmente en los alumnos".
La sentencia del Tribunal Europeo responde al recurso presentado por el Gobierno italiano contra el fallo precedente del mismo Tribunal por el llamado 'caso Lautsi', que declaró en el año 2009 que la presencia de los crucifijos en las escuelas públicas era "una violación de los derechos de los padres" y de la libertad religiosa de los alumnos.
El Tribunal respondió así al recurso presentado por Soile Lautsi, una ciudadana italiana de origen finlandés que había pedido a la escuela pública en la que estudiaban sus hijos que quitara los crucifijos de las clases. El Gobierno italiano recurrió la sentencia ante la Gran Sala de la Corte de Derechos Humanos Europea porque consideraba que "eliminaba un símbolo de la tradición" italiana.
Según adelantó el diario 'La Stampa' el pasado miércoles, el Ejecutivo italiano asegura en su defensa que el crucifijo tiene "una función simbólica altamente educativa" y "no es sólo un objeto de culto" sino "un símbolo que exprime el elevado fundamento de los valores civiles".
El Tribunal Europeo subraya que el crucifijo "es ante todo un símbolo religioso" y que el Estado debe "garantizar el derecho de los padres a la educación y a los hijos conforme a sus propias convicciones religiosas y filosóficas", aunque recuerda que "la presencia de los crucifijos no está asociada a una enseñanza sobre cristianismo" y subraya que "no hay nada que indique" que las autoridades italianas son "intolerantes con los estudiantes de otras religiones o no creyentes".
LA CORTE AUSTRIACA, A FAVOR DE LOS CRUCIFIJOS | ||
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Un día antes de la resolución de la Corte Europea de Derechos Humanos, la Corte Constitucional de Austria falló a favor de la presencia del crucifijo en las aulas de las escuelas públicas, sumándose así a la Corte Suprema de Casación de Italia que defendió la presencia de este símbolo cristiano en las escuelas. La Corte de Austria determinó que la presencia del crucifijo se ajusta a la Constitución cuando la mayoría de los alumnos presentes sean cristianos. La sentencia, dada en respuesta al caso de dos padres de familia que protestaron contra una norma de la Baja Austria que permite el crucifijo en las aulas, señala que este símbolo no constituye "una preferencia por una religión de Estado o de un credo particular religioso". Los jueces también explicaron que la decisión final de la Corte Europea de Derechos Humanos en Estrasburgo sobre el caso del crucifijo en las escuelas italianas (que todavía no se conocía) "no hará, por cierto, que se cambie la posición de la sentencia". El caso se inició en 2006 y en 2009 la Corte falló en contra de los crucifijos y eso propició la apelación del gobierno italiano. En noviembre de 2009, la ministra italiana de educación, Mariastella Gelmini, rechazó el fallo de la Corte Europea y señaló que "nadie, aún menos un tribunal europeo impregnado de ideología, logrará arrancarnos nuestra identidad".+ Vaticano: Sentencia a favor del crucifijo es histórica VATICANO, 21 Mar. 11 / 01:16 pm (ACI/EWTN Noticias) En su declaración sobre el fallo del viernes 18 de marzo de la Corte Europea que resolvió que el crucifijo en las aulas de las escuelas públicas de Italia no viola el derecho de los padres a educar a sus hijos de acuerdo a sus convicciones, el vocero vaticano dijo que la sentencia de este tribunal "se ha recibido con satisfacción por parte de la Santa Sede". "Se trata de una sentencia histórica, como demuestra el resultado al que ha llegado la Gran Sala al final de un examen profundo sobre la cuestión", añadió. "De hecho, ha rebatido desde todos los puntos de vista una sentencia de primera instancia, adoptada por unanimidad por una Cámara del Tribunal, que suscitó no sólo el recurso del Estado Italiano, sino también el apoyo de numerosos Estados europeos, como nunca antes había sucedido, y la adhesión de muchas organizaciones no gubernamentales, expresión de un amplio sentimiento de la población". Con este fallo, continuó, se reconoce que "la cultura de los derechos del hombre no debe ponerse en contraposición con los fundamentos religiosos de la civilización europea, a los que el cristianismo ha dado una contribución esencial". Asimismo, la resolución reconoce que "es un deber garantizar a cada país un margen de aprecio del valor de los símbolos religiosos en la propia historia cultural y en la identidad nacional y del lugar de su exposición (como ha sido confirmado en estos días también por sentencias de tribunales supremos de algunos países europeos)". "En caso contrario, en nombre de la libertad religiosa, se tendería paradójicamente a limitar o incluso a negar esta libertad para excluir de la vida pública toda manifestación. De este modo, se violaría la misma libertad, obscureciendo las identidades específicas y legítimas". Con esos argumentos, dijo luego el sacerdote jesuita, el tribunal dejó claramente establecido que "la exposición del crucifijo no es adoctrinamiento, sino expresión de la identidad cultural y religiosa de los países de tradición cristiana". "La nueva sentencia de la Gran Sala es bien acogida también porque contribuye eficazmente a restablecer la confianza en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por parte de una gran parte de europeos, convencidos y conscientes del papel determinante de los valores cristianos en su propia historia, pero también en la edificación de la unidad europea y en su cultura de derecho y de libertad", concluyó. | ||